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EL PRESUPUESTO 2026 OTORGA MAYOR FLEXIBILIDAD AL GOBIERNO PARA RENEGOCIAR LA DEUDA

Con cambios en la Ley de Administración Financiera, el Ejecutivo podrá realizar canjes y operaciones sobre pasivos sin garantizar mejoras en tasas, plazos o capital.

EL PRESUPUESTO 2026 OTORGA MAYOR FLEXIBILIDAD AL GOBIERNO PARA RENEGOCIAR LA DEUDA

Con cambios en la Ley de Administración Financiera, el Ejecutivo podrá realizar canjes y operaciones sobre pasivos sin garantizar mejoras en tasas, plazos o capital.

El Presupuesto Nacional 2026 aprobado por el Congreso habilita al Gobierno a renegociar la deuda pública con mayor flexibilidad, al introducir modificaciones en la Ley de Administración Financiera que amplían las facultades del Ministerio de Economía para administrar los pasivos del Estado durante el próximo año.

La iniciativa, que será promulgada por el Poder Ejecutivo en los próximos días, incorpora cambios a través de los artículos 55 y 56, que permiten encarar operaciones de administración de pasivos sin la obligación de asegurar mejoras en las tasas de interés, reducciones del capital o extensiones de los plazos, como exigía hasta ahora el marco normativo vigente.

Durante el tratamiento legislativo, estas modificaciones tuvieron un bajo perfil en el debate. En la Cámara de Diputados, la discusión se concentró en el capítulo XI —finalmente eliminado— vinculado a Discapacidad y Universidades, mientras que en el Senado el foco estuvo puesto en el artículo 30, que suprimió los pisos de financiamiento para educación y ciencia. Los cambios relacionados con la deuda solo fueron cuestionados por el senador José Mayans y la senadora Juliana Di Tullio.

El artículo 56 modifica el artículo 55 de la ley complementaria y faculta al Ministerio de Economía a realizar “operaciones de administración de pasivos, cualquiera sea el instrumento que las exprese”. Entre ellas se incluyen compras, ventas y canjes de bonos, operaciones con títulos públicos, pases de monedas, tasas de interés y transacciones habituales en los mercados de derivados, incluso mediante entidades creadas a tal fin.

Según un informe de la Oficina de Presupuesto del Congreso, la principal diferencia con el régimen anterior es que estas operaciones ya no quedan encuadradas dentro del artículo 65 de la Ley 24.156, que exigía que toda reestructuración implicara una mejora en las condiciones originales de la deuda. Con la reforma incluida en el Presupuesto 2026, esa exigencia deja de ser obligatoria.

De este modo, el ministro de Economía Luis Caputo contará con un mayor margen de maniobra para encarar renegociaciones y administrar los compromisos financieros del Estado en un año marcado por importantes vencimientos de deuda.

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