
LA JUSTICIA SUSPENDIÓ EL LÍMITE AL DERECHO DE HUELGA DOCENTE EN LA REFORMA LABORAL
Un fallo frenó la aplicación del apartado que declaraba la educación como servicio esencial. Ya suman al menos cinco resoluciones judiciales contra la iniciativa.
La Justicia suspendió la aplicación de un apartado de la reforma laboral impulsada por el Gobierno que limitaba el derecho a huelga de los gremios docentes. La medida, dictada el 1 de abril de 2026, deja en pausa la declaración de la educación como “servicio esencial”, en línea con otros fallos recientes que frenaron distintos puntos de la iniciativa.
La resolución fue impulsada a partir de un pedido de la Unión Docentes Argentinos (UDA), que cuestionó la constitucionalidad de la normativa. El fallo se suma a al menos otras cuatro decisiones judiciales que ya habían suspendido artículos clave de la reforma laboral en los últimos días.
Desde el gremio, su titular Sergio Romero sostuvo que la medida apunta a resguardar derechos colectivos. “Esencial es garantizar salarios dignos y condiciones adecuadas para el proceso educativo, y no restringir derechos colectivos que justamente buscan resguardar esas condiciones”, afirmó.
El fallo se conoció dos días después de otra resolución de la Justicia laboral que suspendió 82 artículos de la reforma, a partir de una cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT). En ese caso, se argumentó la existencia de indicios de inconstitucionalidad y el riesgo de daños irreparables si la norma se aplicaba plenamente.
La CGT había planteado que la reforma implica una regresión en derechos laborales, afecta la libertad sindical y vulnera principios constitucionales y tratados internacionales. Entre los puntos cuestionados figuran cambios en indemnizaciones, ampliación de facultades del empleador, flexibilización de condiciones laborales y restricciones a la actividad sindical.