
Virginia Gallardo impulsa una reforma para que los delitos con prisión perpetua no prescriban
La diputada de La Libertad Avanza presentó un proyecto que modifica el Código Penal y también propone ampliar penas por delitos contra la integridad sexual.
La diputada de La Libertad Avanza por Corrientes, Virginia Gallardo, presentó un proyecto de ley que plantea una reforma parcial del Código Penal argentino, con cambios en la prescripción de delitos, el cumplimiento de condenas y las penas por abuso sexual.
La iniciativa es acompañada por legisladoras de La Libertad Avanza, la UCR, Tucumán y San Juan, y establece tres ejes principales.
El primero propone eliminar la prescripción de la acción penal para los delitos que contemplen prisión perpetua. El segundo modifica distintos plazos vinculados con la prescripción y el tercero plantea un aumento de las penas previstas para determinados delitos contra la integridad sexual.
Qué propone sobre los delitos con prisión perpetua
El proyecto modifica el artículo 62 del Código Penal e incorpora un nuevo artículo 62 bis. La propuesta establece que la acción penal no prescriba cuando se trate de delitos sancionados con la pena más grave del sistema.
También incorpora el artículo 65 bis y modifica el artículo 65 para establecer que tampoco prescriba la ejecución de las penas correspondientes a esos delitos.
Según los fundamentos de la iniciativa, actualmente las penas perpetuas prescriben a los 20 años. Las legisladoras sostienen que ese plazo puede provocar que una sentencia firme quede sin posibilidad de ejecución únicamente por el paso del tiempo.
El proyecto cita además un fallo reciente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Price, Brian Alan y otros s/ homicidio simple”, en el que el tribunal sostuvo que corresponde al Congreso establecer el régimen de prescripción teniendo en cuenta cuestiones como la seguridad jurídica, la economía procesal y el interés general.
Cambios en los plazos de prescripción
La iniciativa también modifica los plazos generales para la prescripción de la acción penal.
Para los delitos sancionados con prisión temporal, el límite máximo pasaría de 12 a 15 años. En los casos de hechos castigados únicamente con inhabilitación temporal, el plazo se extendería de uno a tres años.
Además, el proyecto reorganiza el artículo 67 del Código Penal, que actualmente concentra las causales de suspensión e interrupción de la prescripción.
La propuesta mantendría en ese artículo las causales de suspensión y crearía un nuevo artículo 67 bis para establecer las causales de interrupción.
Entre las nuevas causales de suspensión se incorporaría el período durante el cual se encuentre vigente una suspensión del proceso a prueba y el tiempo destinado al cumplimiento de las condiciones de una conciliación o reparación integral del perjuicio.
En cuanto a la interrupción, se sumarían la declaración de rebeldía y el pedido de extradición como actos que impedirían que el paso del tiempo beneficie a una persona que se sustrae de un proceso judicial.
Endurecimiento de las penas por abuso sexual
El tercer eje de la reforma alcanza a los artículos 119 y 120 del Código Penal, relacionados con los delitos contra la integridad sexual.
La iniciativa propone elevar los máximos de las penas correspondientes al abuso sexual simple, al abuso sexual gravemente ultrajante y al abuso sexual con acceso carnal. También plantea ampliar las penas previstas para los casos agravados.
Entre las modificaciones figura la incorporación del “apoyo designado judicialmente” como sujeto agravante dentro del artículo 119. La propuesta busca equiparar esa figura con otros vínculos de confianza o autoridad sobre la víctima, como ascendientes, tutores o curadores.
El proyecto también elimina las referencias a la pena de reclusión en los artículos modificados y utiliza únicamente la denominación de prisión.
De acuerdo con sus fundamentos, la reforma busca establecer reglas más claras para la actuación de jueces, fiscales y otros integrantes del sistema de justicia, además de fortalecer la respuesta estatal frente a los delitos considerados de mayor gravedad.