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EL ARTÍCULO DEL PRESUPUESTO 2026 QUE AMPLÍA EL PODER DEL GOBIERNO PARA REESTRUCTURAR LA DEUDA

Un apartado clave del proyecto habilita al Ejecutivo a canjear pasivos, usar derivados y negociar instrumentos financieros sin las restricciones vigentes, en un contexto de fuertes vencimientos en dólares.

EL ARTÍCULO DEL PRESUPUESTO 2026 QUE AMPLÍA EL PODER DEL GOBIERNO PARA REESTRUCTURAR LA DEUDA

Un apartado clave del proyecto habilita al Ejecutivo a canjear pasivos, usar derivados y negociar instrumentos financieros sin las restricciones vigentes, en un contexto de fuertes vencimientos en dólares.

El debate del Presupuesto 2026 en el Senado de la Nación incluye un artículo central que podría redefinir la política de administración de la deuda pública. Se trata del artículo 56 del proyecto, que amplía de manera significativa las facultades del Poder Ejecutivo para gestionar pasivos y enfrentar vencimientos en moneda extranjera, entre ellos pagos por más de USD 4.200 millones previstos para enero.

La norma otorga a la Secretaría de Hacienda y a la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía la potestad de realizar “operaciones de administración de pasivos, cualquiera sea el instrumento que las exprese”. Esto incluye la compra, venta y canje de bonos y acciones, pases de monedas, tasas de interés, opciones y derivados, tanto en el mercado local como internacional.

El equipo económico que conduce Luis Caputo considera este artículo una de las principales herramientas para encarar los compromisos financieros del próximo año. A diferencia del régimen vigente, establecido en la Ley 24.156 de Administración Financiera, el nuevo texto elimina la exigencia de que toda reestructuración implique una mejora objetiva en montos, plazos o tasas para el Estado.

La normativa actual limita las operaciones de deuda a esquemas de consolidación, conversión o renegociación que demuestren un beneficio claro para las cuentas públicas. El proyecto en debate, en cambio, amplía el menú de alternativas y flexibiliza los controles, permitiendo una gestión más activa del perfil de vencimientos.

Entre los cambios relevantes, el artículo autoriza el uso de entidades creadas “ad hoc” para ejecutar operaciones financieras y las excluye del régimen general de contrataciones públicas. Además, habilita al Tesoro a mantener los instrumentos adquiridos en cartera para futuras transacciones y a ejercer derechos contractuales aun cuando la contraparte enfrente procesos concursales o de quiebra.

Desde el oficialismo sostienen que este marco brindaría mayor margen de maniobra para negociar con acreedores y operadores de mercado, especialmente frente a bonos que cotizan a valores deprimidos. Caputo afirmó en distintas oportunidades que reemplazar instrumentos emitidos en gestiones anteriores por bonos más convencionales podría reducir el riesgo país sin alterar el volumen de deuda.

El contexto parlamentario también es clave. Tras la media sanción en Diputados, el Gobierno busca que el Senado apruebe el Presupuesto como una señal de previsibilidad institucional, luego de dos años de prórrogas presupuestarias. Los mercados siguieron de cerca el avance del proyecto: en las últimas semanas se registró una mejora en la cotización de los bonos en dólares y una baja del riesgo país, indicadores que analistas vinculan con la expectativa de mayor flexibilidad financiera.

La definición del artículo 56 aparece así como un punto decisivo para la estrategia de financiamiento de 2026, en un escenario donde la capacidad de renegociar deuda será determinante para evitar tensiones fiscales y cambiarias.

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