
LA JUSTICIA DECLARÓ NULO EL PROTOCOLO ANTIPIQUETES Y EL FALLO TIENE ALCANCE NACIONAL
Un juez federal hizo lugar a un amparo colectivo del CELS y anuló la resolución que regulaba el accionar policial en protestas, una decisión que impacta también en las provincias.
Un juez federal hizo lugar a un amparo colectivo del CELS y anuló la resolución que regulaba el accionar policial en protestas, una decisión que impacta también en las provincias.
CUERPO DE LA NOTICIA:
El juez federal Martín Cormick declaró la nulidad del denominado protocolo antipiquetes al hacer lugar a un amparo colectivo presentado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). La decisión, dictada el 29 de diciembre de 2025, dejó sin efecto la resolución 943/23, diseñada e implementada durante la gestión de Patricia Bullrich al frente del Ministerio de Seguridad de la Nación, y generó repercusiones en todo el país, incluidas las provincias.
En su fallo, el magistrado sostuvo que la resolución presenta una “ilegitimidad manifiesta” y que, en consecuencia, corresponde declarar su nulidad en los términos del artículo 1° de la ley 16.986. Según explicó, el protocolo carece de los requisitos exigidos por el artículo 7° de la ley 19.549 para ser considerado un acto administrativo válido. Además, señaló que el Ministerio de Seguridad se excedió en sus atribuciones al dictar una norma que modifica aspectos de leyes penales, orgánicas de las fuerzas policiales y normas procesales.
Cormick agregó que las personas que se consideren perjudicadas por la aplicación del protocolo podrán formular denuncias individuales ante la Justicia Penal contra quienes hayan actuado siguiendo las instrucciones impartidas por esa resolución. De este modo, el fallo no solo deja sin efecto la normativa, sino que también habilita eventuales acciones judiciales por hechos ocurridos durante su implementación.
Tras conocerse la sentencia, el CELS afirmó que el fallo “pone límites a lo que el Ministerio de Seguridad puede hacer” y remarcó que no puede restringir derechos constitucionales mediante una resolución administrativa. En un comunicado difundido en la red social X, la organización sostuvo que, bajo el pretexto de ordenar el tránsito y dar instrucciones a las fuerzas de seguridad, el protocolo avanzó sobre competencias propias del Congreso y del Poder Judicial.
La última aplicación del protocolo antipiquetes se registró a mediados de diciembre, durante una marcha de la CGT contra la reforma laboral impulsada por el presidente Javier Milei, cuando Alejandra Monteoliva ya se encontraba al frente de la cartera de Seguridad. En paralelo, continúa en curso una causa judicial que investiga los hechos ocurridos durante la manifestación del 12 de marzo, cuando el reportero gráfico Pablo Grillo resultó herido tras recibir el impacto de un tubo de gas lacrimógeno en las inmediaciones del Congreso Nacional.
Desde el ámbito sindical, el secretario general de Asociación Trabajadores del Estado (ATE), Rodolfo Aguiar, sostuvo que una resolución ministerial no puede estar por encima de la Constitución y calificó el fallo como un avance contra la represión. También afirmó que la decisión judicial restablece garantías constitucionales y pone límites al accionar del Gobierno, al tiempo que advirtió sobre las consecuencias que tuvo la aplicación del protocolo en manifestaciones anteriores.