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Empleadas domésticas: los nuevos salarios que regirán desde octubre según cada categoría

La nueva escala contempla un aumento del 1,7% sobre los valores de septiembre y la incorporación al básico de la mitad de una suma no remunerativa otorgada en agosto.

Empleadas domésticas: los nuevos salarios que regirán desde octubre según cada categoría

La nueva escala contempla un aumento del 1,7% sobre los valores de septiembre y la incorporación al básico de la mitad de una suma no remunerativa otorgada en agosto.

El personal de casas particulares tendrá una nueva actualización salarial a partir de octubre, en el marco del tercer incremento establecido por la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.

La modificación alcanzará tanto a quienes cobran por hora como a quienes reciben una remuneración mensual. Los montos variarán de acuerdo con la categoría laboral y con la modalidad de trabajo, con o sin retiro.

La actualización establece una suba del 1,7% sobre los salarios básicos vigentes durante septiembre. A ese incremento se suma la incorporación al salario básico del 50% de la suma no remunerativa otorgada en agosto.

Ese monto adicional había sido de entre $8.000 y $20.000, según la cantidad de horas semanales trabajadas.

Los salarios de octubre según cada categoría

La escala contempla cinco categorías, con diferentes valores para quienes trabajan con retiro y sin retiro.

Personal para tareas generales: comprende actividades como limpieza, lavado, planchado, mantenimiento y elaboración o cocción de comidas, entre otras tareas habituales del hogar. Con retiro, cobrará $4.064,08 por hora y $498.582,06 mensuales. Sin retiro, los valores serán de $4.337,53 por hora y $548.429,23 por mes.

Asistencia y cuidado de personas: quienes trabajen con retiro percibirán $4.337,53 por hora y $548.429,23 mensuales. Para quienes se desempeñen sin retiro, el valor será de $4.801,52 por hora y $605.050 por mes.

Caseros: esta categoría corresponde a quienes realizan tareas vinculadas con el cuidado y mantenimiento general de una vivienda en la que habitan por su relación laboral. La remuneración será de $4.337,53 por hora y $548.429,23 mensuales, bajo la modalidad sin retiro.

Personal para tareas específicas: incluye a cocineros y cocineras contratados específicamente para esa función y otras tareas que requieren una especial capacitación. Con retiro, cobrarán $4.580,80 por hora y $560.776,33 mensuales. Sin retiro, los valores serán de $4.973,38 por hora y $618.187,89 por mes.

Supervisor o supervisora: comprende la coordinación y supervisión de las tareas realizadas por dos o más personas. Con retiro, percibirá $4.805,82 por hora y $599.514,52 mensuales. Sin retiro, el salario será de $5.215,59 por hora y $661.702,46 por mes.

Cuando una persona desempeñe funciones que puedan corresponder a más de una categoría, deberá ser encuadrada en aquella que resulte principal de acuerdo con las tareas que realiza habitualmente.

Cómo deben pagarse los salarios

La normativa establece que las remuneraciones deben abonarse mediante la acreditación en una cuenta sueldo a nombre del trabajador. Sin embargo, si este solicita cobrar en efectivo, el empleador deberá realizar el pago bajo esa modalidad.

En esos casos, el dinero deberá entregarse en días hábiles, en el lugar de trabajo y durante el horario en que se desarrollan las tareas.

Para el personal mensualizado, el salario debe pagarse dentro del cuarto día hábil posterior al vencimiento de cada mes calendario.

En el caso de quienes cobran por día o por hora, el pago debe efectuarse al finalizar cada jornada o cada semana, de acuerdo con el esquema establecido entre las partes.

Cuánto corresponde por horas extra

Cuando el personal trabaje fuera de su jornada habitual, las horas extraordinarias tienen distintos recargos según el día en que se realicen.

Durante los días comunes, las horas extra deben abonarse con un adicional del 50% sobre la remuneración habitual.

El recargo asciende al 100% cuando se trabaja en horas extraordinarias los sábados después de las 13, los domingos o los feriados.

Adicionales por zona y antigüedad

Además del salario correspondiente a cada categoría, algunos trabajadores pueden percibir adicionales.

El adicional por zona desfavorable equivale al 31% de la remuneración informada por el empleador y corresponde a las relaciones laborales cuyo domicilio de explotación se encuentre en las provincias patagónicas o en el Partido de Patagones, provincia de Buenos Aires.

También se contempla un adicional por antigüedad del 1% por cada año trabajado para el mismo empleador.

Para calcular este concepto se consideran exclusivamente los años de servicio correspondientes a esa relación laboral. El adicional se suma al salario establecido según la categoría, la modalidad de trabajo y los demás conceptos que correspondan.

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